SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1382/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1382/2013

Fecha: 16-Ago-2013

Fragmento 17

Bajo la comprensión que la interposición de un recurso es obtener la corrección del error en que hubiere incurrido la autoridad de instancia a tiempo de emitir una resolución; es decir, la modificación o revocación de la decisión jurisdiccional que afecta o lesiona un derecho o interés legítimo. Por cuanto, ante el planteamiento de cualquiera de los recursos previstos en la Ley adjetiva Penal, el órgano jurisdiccional está compelido a pronunciarse sobre el objeto del recurso.