Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1400/2013
Fecha: 16-Ago-2013
II.1.
II.1. En el proceso penal seguido por el Ministerio Público, a denuncia de Susana Ibett Castañeras Loria, contra Juan Carlos Rivero Nogales y Teodora Concepción Venegas Bertón de Rojas, la prenombrada imputada, mediante memorial presentado el 24 de septiembre de 2012, interpuso incidente de nulidad por defecto absoluto, al considerar que en la imputación formal la autoridad fiscal omitió una adecuada fundamentación respecto a su grado de participación en el ilícito atribuido, entendiendo que dicha actuación vulneraría su derecho a la defensa, la debida fundamentación de las resoluciones judiciales y la garantía de certeza (fs. 26 a 30).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- 2)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Del principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.
- III.2.El derecho a la impugnación y su vinculación con el derecho a la defensa
- iii) Al derecho a hacer uso de los recursos
- Art. 403.- “(Resoluciones apelables).
- III.3.Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR