SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1447/2013
Fecha: 19-Ago-2013
III.4.1. Jurisprudencia
La SCP 0405/2012 de 22 de junio, ha expuesto: “En cuanto al derecho a la petición, reconocido en el art. 24 de la CPE, conforme el razonamiento jurisprudencial reiterado en la SC 1930/2010-R de 25 de octubre, se tiene que: '…es una facultad o potestad que tiene toda persona para dirigirse, individual o colectivamente, ante las autoridades o funcionarios públicos, lo que supone el derecho a obtener una pronta resolución, ya que sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad el derecho. En consecuencia, el ejercicio del derecho supone que una vez planteada la petición, cualquiera sea el motivo de la misma, la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución, lo que significa que el Estado está obligado a resolver la petición. Sin embargo, el sentido de la decisión dependerá de las circunstancias de cada caso en particular y, en esa medida podrá ser positiva o negativa'; y, el mismo se vulnera: '…cuando la autoridad a quien se presenta una petición o solicitud, no la atienda; es decir, no la tramita ni responde en un tiempo oportuno o en el plazo previsto por Ley de forma que cubra las pretensiones del solicitante, ya sea exponiendo las razones por las cuales no se la acepta, o dando curso a la misma, con motivos sustentados legalmente o de manera razonable, sin que pueda tenerse por violado el derecho de petición, al darse una respuesta en forma motivada, pues el derecho de petición en su sentido esencial no implica necesariamente una respuesta positiva, sino una respuesta oportuna y emitida en el término legal, además de motivada'”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. El debido proceso y el deber de motivación de las resoluciones
- III.2.1. Jurisprudencia
- III.3. Procesos de impugnación según el DS 0181 de 28 de junio de 2009
- III.
- III.4. Sobre el derecho de petición
- III.4.1. Jurisprudencia
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. En cuanto a la resoluciones acusadas de carecer de motivación
- III.5.2. En cuanto al derecho de petición acusado de lesionado
- concedido parcialmente
- 2º CONCEDER