SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1503/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1503/2013

Fecha: 27-Ago-2013

a)

Edgar Hermógenes Patana Ticona, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, a través de sus abogados en audiencia señaló que: a) Los accionantes manifestaron en su demanda, que no agotaron la vía administrativa, por lo tanto conforme a lo previsto por los arts. 53 y 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo) no cumplieron con los requisitos establecidos para interponer la presente acción de amparo constitucional, en consecuencia debería haber sido rechazada in limine; b) De acuerdo a -fs. 110 vta. y 114- se identificó plenamente a la persona que supuestamente no habría dado la información precisa; es decir, el codemandado Carlos Eduardo Oropeza, por lo que el Alcalde no debió estar demandado porque no es sujeto pasivo; y, c) En relación a la restricción del derecho a la propiedad, jamás la Alcaldía procedió con el allanamiento a ningún domicilio particular. Asimismo, si los vecinos están molestos por la falta de baños higiénicos, existe un “Jefe de Calle” el mismo que trabaja con la junta de vecinos, por lo tanto éste en vez de exigir sedes sociales debería pedir un mingitorio público y la basura es responsabilidad de la empresa “CONEMALT” y el problema es entre “vecinos versus Chocleros”.