SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1503/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1503/2013

Fecha: 27-Ago-2013

Fragmento 6

Por su parte Carlos Eduardo Oropeza, Jefe de la Unidad de Servicios y Asentamiento del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, en audiencia señaló: i) No existió la vulneración al derecho de petición, debido a que Feliciano Flores Quispe el 9 de noviembre de 2011, en su memorial con registro 6646, solicitó y reiteró petición de cumplimiento de la OM 097/2006, señalando además como alternativa el inicio de procesos mediante la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz y en el punto Otrosí, pidió se forme una sola carpeta de todos los antecedentes, siendo así que mediante informe 027/2012 de 8 de febrero, se estableció una respuesta, misma que siguió su recorrido vía administrativa, por la Dirección de Inversión y Promoción Empresarial, mediante la Oficialía Mayor de Desarrollo Económico Productivo hasta la MAE; y, ii) La OM 097/2006 en actual vigencia evidentemente autoriza el asentamiento de la “Asociación de Comerciantes Minoristas Viajeros Chocleros y Varios Productos Agropecuarios”, la misma que es provisional y el término provisional se los establece considerando el art. 85 de la LM que prevé que los bienes de dominio público son imprescriptibles, inalienables e inembargables, en ese marco como Gobierno Autónomo Municipal utiliza el término estrictamente provisional porque no puede ceder el patrimonio del Estado, administrado por los que son funcionarios municipales.