Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTUCIONAL PLURINACIONAL 1473/2013
Fecha: 22-Ago-2013
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
En el marco de la facultad conferida por el art. 5.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), se solicitó documentación complementaria; consecuentemente, se suspendió el plazo procesal por Decreto Constitucional de 17 de junio de 2013 fs. 27, mismo que se reanudó por Decreto 8 de agosto del mismo año fs. 64, por lo que la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo legal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- Fragmento 16
- III.3. Del debido proceso, su alcance y elementos que lo configuran.
- constituyendo sus elementos la intervención de un juez independiente, competente e imparcial, el emplazamiento válido, el derecho a ser oído, a poder probar lo alegado, a la fundamentación de los fallos, al control constitucional del proceso y la doble instancia
- Fragmento 19
- III.4. De la fundamentación y motivación de las resoluciones emitidas respecto a impugnaciones efectuadas
- Fragmento 21
- CONFIRMAR en todo