Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1518/2013
Fecha: 04-Sep-2013
v)
v) Existe otro proceso de usucapión que siguió el incidentista ante el mismo Juzgado en la que se dictó Resolución de tercería de dominio excluyente, la misma que pudo ser objeto de impugnación; y, vi) La acción de amparo constitucional se interpuso fuera del plazo, por lo que debe aplicarse el art. 129.I de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- a)
- i)
- 1)
- v)
- b)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los derechos invocados como supuestamente vulnerados por los accionantes
- cuando se encuentran sometidas a un proceso
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR