Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1543/2013
Fecha: 10-Sep-2013
II.4.
II.4. La Resolución 48/2013 de 5 de marzo, emitida por la Sala Penal Segunda, conformada por los Vocales ahora demandados, admitió el recurso de apelación, y confirmó el fallo de la Jueza a quo, al no haberse acreditado la desaparición de los riesgos procesales, considerando que la carga de la prueba corresponde al solicitante (fs. 46 a 49).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de la
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- las
- el juez constitucional
- 3) Que es indebidamente procesada
- i) Que exista indefensión absoluta en el justiciable; ii) Que se hayan agotado las instancias o mecanismos intraprocesales franqueados por ley, y, iii) Que el acto acusado como vulnerador, sea causa directa de la privación de libertad.
- Florencio Mixan Mass
- III.4. Sobre la valoración de pruebas en medidas cautelares de carácter personal
- III.5. Análisis del caso concreto
- numeral 1
- denegado
- 1° REVOCAR
- 2º Disponer