Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1551/2013
Fecha: 13-Sep-2013
II.3.
II.3. El 8 de marzo de 2013, Martha Lidia Tito Quispe, ante el representante del Ministerio Público de El Alto, interpuso denuncia penal contra el accionante y otros, indicando que los denunciados hubieran incurrido en los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado y otros (fs. 29 a 32 vta. del Anexo).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Recurso de apelación incidental contra las resoluciones que modifiquen medidas sustitutivas
- debe utilizarse para impugnar los actos del juez que se consideren lesivos al derecho aludido, y no acudir directamente o de manera simultánea a la justicia constitucional
- III.4. Activación simultánea de dos vías
- la justicia constitucional no puede emitir resoluciones paralelas ni contrapuestas a la justicia ordinaria, por lo que no es posible ingresar al análisis de fondo de la causa
- se puede colegir que la apelación incidental planteada aún se encuentra pendiente de Resolución
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo