SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1551/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1551/2013

Fecha: 13-Sep-2013

se puede colegir que la apelación incidental planteada aún se encuentra pendiente de Resolución

Bajo ese entendimiento, la SCP 1429/2012 de 24 de septiembre, en un caso en el que el accionante interpuso por una parte recurso de apelación incidental y por otra la acción de libertad, activando tanto la vía ordinaria como la constitucional, denegó la tutela sin ingresar al análisis de fondo de dicha problemática, estableciendo que: “…se pretendió activar de forma paralela las vías de defensa previstas en el ordenamiento jurídico, lo cual no puede ser permitido. Además de revisar los mecanismos legales efectivos y activados por el representante del accionante, se puede colegir que la apelación incidental planteada aún se encuentra pendiente de Resolución y antes de que se resuelva su situación jurídica a través de la vía ordinaria, este no puede acudir de manera simultánea a la vía constitucional” señalando además que: “…la acción de libertad puede ser interpuesta una vez agotados los mecanismos intraprocesales existentes en la vía ordinaria sin que exista recurso pendiente de resolución y cuando no se ha corregido los derechos denunciados como vulnerados…” (las negrillas son agregadas).