SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1551/2013
Fecha: 13-Sep-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la libertad, a la defensa y al debido proceso; así como el principio de la seguridad jurídica y la garantía de la presunción de inocencia; por cuanto, en el proceso penal instaurado en su contra se le impusieron medidas sustitutivas a la detención preventiva, las cuales fueron revocadas por la Jueza demandada, disponiendo su detención preventiva en el penal de Chochocoro, mediante una Resolución en la cual no se fundamentaron los riesgos procesales y sin considerar los antecedentes del proceso relativos a la verificación del domicilio, misma que fue apelada en audiencia y se encuentra pendiente de resolución. Por consiguiente, corresponde en revisión, establecer si se debe conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Recurso de apelación incidental contra las resoluciones que modifiquen medidas sustitutivas
- debe utilizarse para impugnar los actos del juez que se consideren lesivos al derecho aludido, y no acudir directamente o de manera simultánea a la justicia constitucional
- III.4. Activación simultánea de dos vías
- la justicia constitucional no puede emitir resoluciones paralelas ni contrapuestas a la justicia ordinaria, por lo que no es posible ingresar al análisis de fondo de la causa
- se puede colegir que la apelación incidental planteada aún se encuentra pendiente de Resolución
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo