Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2014
Fecha: 03-Ene-2014
II.11.
II.11. Sentencia pronunciada el 25 de febrero de 2008, el juez del proceso declaró probada en parte la demanda en cuanto a la existencia de la obligación de los demandados María Elena Seleme de Sarmiento y José Luis Seleme Subieta, e improbadas las excepciones interpuestas y resarcimiento de daños y perjuicios y costas (fs. 123 a 126 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades jurisdiccionales demandadas
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- 1)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. El recurso de casación como medio de impugnación extraordinario
- III.4.1. De la congruencia
- III.4.2. De la motivación y fundamentación
- III.4.3. Del derecho a la defensa
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo