SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2014

Fecha: 03-Ene-2014

II.11.

II.11.El informe de la Secretaria del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal del Alto, de “21 de octubre de 2013”, el mismo que ha sido solicitado por este Tribunal, como documentación complementaria señala: “La remisión de la apelación de fecha 28 de Enero de 2013 años fue observada mediante decreto de fecha 01 de Febrero de 2013 años de la Sala penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz; en consecuencia, se devuelven obrados mediante Oficio Nº 90/2013 de 04 de febrero de 2013 por la Sala Penal Tercera. Habiendo subsanado lo extrañado se remite nuevamente obrados a Auxiliatura de Salas Penales en fecha 25 de febrero de 2013 años mediante oficio CITE Nº 134/2013, remisión que fue observada en audiencia pública de fundamentación de apelación incidental de medida cautelar de fecha 07 de marzo de 2013 años; en consecuencia fue devuelta mediante Oficio CITE 200/2013 de fecha de la Sala Penal Tercera. Por otro, habiendo subsanado lo observado por la Sala Penal Tercera, el caso de autos fue nuevamente remitido ante la auxiliatura de Salas Penales mediante oficio CITE 325/2013 de fecha 17 de abril de 2013 años, remisión que no mereció ninguna otra observación…” (sic) (fs. 123).