SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2014

Fecha: 03-Ene-2014

II.6.

II.6.  El 12 de julio de 2012, el accionante formuló incidente contra la imputación formal de 5 de junio de igual año, solicitando se declare su nulidad, bajo el argumento de que no se puede conocer con certidumbre, los hechos que configuran el delito que se le atribuye, ya que la Resolución de rechazo que sirve para sustentar dicha imputación, fue declarada nula por el órgano jurisdiccional el 7 de diciembre de 2009, lo cual equivale a su inexistencia y que carece de efectos jurídicos, sin efectuar una subsunción precisa de los hechos, llevándose a cabo un proceso sobre la base de una prueba que no existe; asimismo, debe considerarse que la acción por la cual se lo procesa no generó lesión a derechos y garantías de ninguna de las partes, como la propia ANB lo reconoce, pues el hecho que inicialmente se consideraba delito de contrabando dejó de serlo, además de no advertir la existencia de dolo en su conducta, conforme lo exige el tipo penal atribuido, ya que se trató de una confusión; aspectos que en definitiva vulneraron su derecho a la defensa, el principio de objetividad y legalidad que rigen al Ministerio Público (fs. 13 a 23 vta.).