Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2014
Fecha: 10-Ene-2014
II.21.
II.21.Mediante memorándum 041/2013 de 9 de julio, el Comandante de la Estación Policial Integral de San Pedro, por instrucciones superiores convocó a varios funcionarios, entre ellos, al ahora accionante a presentarse en La Paz el 10 de julio de 2013, en el Despacho del Comandante General de la Policía Boliviana (fs. 101).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1.Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.16.
- II.19.
- II.20.
- II.21.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- III.2. Causales de activación de la presente acción
- Fragmento 21
- III.3. El acto administrativo, sus caracteres y efectos
- III.4. Validez de los actos administrativos
- III.5. Derechos a la dignidad y a la educación
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte