SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2014

Fecha: 10-Ene-2014

II.12.

II.12.  El 10 de julio de 2013, el abogado de la accionante envió a la Gerencia de GRECO BCC, una nota señalando que se le envió los fundamentos jurídicos esgrimidos en la amparo constitucional elaborado en su bufete jurídico, respaldado por la conminatoria de la Jefatura Departamental de Trabajo que dispuso la reincorporación a su fuente laboral, y al tener la predisposición de reincorporarla; sin embargo, ante “la susceptibilidad sobre su retorno a un ambiente laboral enrarecido y precautelando su estado tanto físico y emocional, ha optado por aceptar el despido injustificado (porque al estar en vigencia la normativa sobre inamovilidad se anula toda forma de pre aviso)” (sic.), propuso en base a normativa actual un monto de negociación sobre los beneficios sociales de su despido (fs. 105 a 106).