SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2014

Fecha: 10-Ene-2014

“Artículo 65.- (Del procedimiento de las Faltas en Flagrancia por estado de ebriedad y sustancias controladas)

En los casos relacionados al consumo de bebidas alcohólicas o el consumo de sustancias controladas, el funcionario o autoridad que conoció la falta, procederá a la toma de test de Alcoholemia, debiendo sentar en acta el resultado de la prueba en presencia de un testigo de actuación. Para el caso de consumo de sustancias controladas, el informe circunstanciado, podrán ser complementados con informes médicos y de laboratorio examinados a los presuntos infractores según el caso y la naturaleza de la falta”.