SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2014

Fecha: 10-Ene-2014

la determinación del grado de alcohol en sangre a través del correspondiente test de alcoholemia no es contraria a las garantías constitucionales'

Por su parte el Tribunal Constitucional Español mediante su jurisprudencia determinó la constitucionalidad de la obtención de sangre como también la de aire expirado para determinar el grado de alcohol ingerido, en ese sentido la “…STC 195/1987 afirmaba rotundamente que 'la determinación del grado de alcohol en sangre a través del correspondiente test de alcoholemia no es contraria a las garantías constitucionales' (fundamento jurídico 2º); el ATC 61/1983 establecía que 'sin perjuicio, naturalmente, del derecho del ciudadano a rehusar la sujeción a tal prueba y de soportar las consecuencias que del rechazo se puedan derivar' (fundamento jurídico 2º) y la STC 252/1984 reiteraba la caracterización de la prueba de alcoholemia como 'una pericia técnica en que la participación del detenido con declaraciones autoinculpadoras está ausente' (fundamento jurídico 4º)” (Sentencia 161/1997 de 2 de octubre).