Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0146/2014
Fecha: 10-Ene-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo y a la educación, señalando que desde el 29 de abril de 2010, se encuentra peregrinando en el Colegio Médico Departamental de La Paz, para obtener la certificación de especialidad en Nefrología que realizó en la República de Argentina y no obstante a la serie de cartas y memoriales que presentó solicitando respuesta o la entrega del certificado requerido, y haber subsanado las observaciones efectuadas, no se le dio respuesta y mucho menos se le extendió el título impetrado; demorando ese trámite más de tres años, cuando de acuerdo a Reglamento debió durar treinta y cuatro días.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- es concebida como fuente primaria del ordenamiento jurídico y a la vez Norma Suprema directamente justiciable
- la funcionalidad de la Constitución Política del Estado
- gozan de igual jerarquía y son directamente aplicables y justiciables.
- estructura esta acción sobre la base de los principios de sumariedad, inmediatez, eficacia, idoneidad y oportunidad
- es un verdadero proceso de naturaleza constitucional
- III.2. El derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- del Colegio Médico de Bolivia
- Art. 28º
- 1º REVOCAR