Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2014
Fecha: 10-Ene-2014
II.10.
II.10. Notificado el accionante con la referida RA 02/2012, por memorial presentado el 16 de octubre de igual año, el accionante interpuso nuevo recurso de apelación contra la misma resolución; a cuya consecuencia, el Director Departamental de Educación de Oruro, pronunció la RA D.D.E. 037/2012, confirmando en todos sus extremos la Resolución Administrativa recurrida, consolidándose en consecuencia el retiro definitivo del ahora accionante del ejercicio del magisterio; resolución con la que fue notificado el 17 de noviembre de igual año a horas 17:20 p.m., de acuerdo a la diligencia de notificación correspondiente ( fs. 192 a 198).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El debido proceso en los procesos administrativos sancionatorios
- Fragmento 21
- III.3. Sobre el derecho al trabajo
- Fragmento 23
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR