SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2014

Fecha: 30-Ene-2014

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado del accionante, ratificó el tenor íntegro de la acción de defensa presentada, insistiendo en la dilación ocasionada por el Juez demandado, que le impidió a su defendido, hacer efectiva su libertad, hasta el momento de la interposición de la presente garantía constitucional, pese al transcurso de más de trece días de los que se benefició de las medidas sustitutivas de fianza, arraigo y otras, dos primeras a cuyo efecto, debían entregarle la autorización para realizar el depósito judicial respectivo y el mandamiento de arraigo dirigido a Migración, para el cual no debía esperarse la transcripción del acta de consideración de la cesación de la detención preventiva del actor. Enfatizó además que, la solicitud para proceder en ese sentido, fue cursada al Juez demandado el 12 de julio de 2013, cuando aún era competente en el caso, no siendo válido el pretexto de que aún se encontraba en transcripción el acta respectiva, la que además no se entregó hasta esa fecha, al Juez titular, incumpliendo con la remisión oportuna del proceso al Juzgado de origen, lo que imposibilitó que su cliente efectivice su libertad, en desmedro de los derechos que invoca y en especial, sin considerar su delicado estado de salud, comprobado por los certificados médicos que denotan que “…en cualquier momento puede ocurrir lo inesperado como es la pérdida de su vida, porque sufre de arritmia cardiaca”.