SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2014

Fecha: 30-Ene-2014

II.4.

II.4.       De acuerdo a lo afirmado por el accionante, desde el 12 de ese mes y año, sus abogados y familiares acudieron al Juzgado Décimo Cuarto cautelar, requiriendo la otorgación de lo impetrado por memorial de esa misma fecha, transcurriendo trece días desde la dictación de la Resolución de 11 de julio de 2013 -que dispuso la cesación de su detención preventiva-, sin obtener respuesta formal alguna de la autoridad judicial demandada, impidiéndole hacer efectiva su libertad al no contar con el mandamiento de arraigo ni la orden de depósito judicial; sin tomar en cuenta asimismo su delicado estado de salud, recibiendo únicamente como respuesta que el acta y copias legalizadas que solicitó se encontraban para firma del Juez cautelar, no existiendo aún providencia ni acta y mucho menos remisión al Juzgado de origen, cuyo titular reasumió competencia de la causa, a partir del 15 del citado mes y año (fs. 4; 10 vta.).