Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2014-S3
Fecha: 06-Oct-2014
II.3.
II.3. Por Auto de 19 de agosto de 2013, la Jueza de Partido de la Niñez y Adolescencia de Montero, Clarivel Ayala Perrogón, dentro del caso de riesgo social por trata y tráfico de personas del niño NN, interpuesto por Yesica Rivero de Vargas, en su calidad de Psicóloga de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia Warnes contra Claudia Bermudes de Kishimoto, refiere que esta última habría sido notificada legalmente con el Auto de Admisión de riesgo social por trata y tráfico de personas, bajo el argumento que está tramitando su guarda; sin embargo, al no haberse hecho presente y rehusándose a presentar al niño ante la autoridad, ordena lo siguiente:
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- f)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 2.
- 3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Obligación del Juez competente de imprimir celeridad en el proceso cuando se trata de casos que involucren derechos de niños, niñas y adolescentes
- Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal
- 1. ORALIDAD
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- CONFIRMAR