Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014-S2
Fecha: 06-Oct-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
Las accionantes, señalan que las autoridades hoy demandadas, vulneraron sus derechos a la libertad física y de locomoción, ya que emitieron, el 23 de enero de 2014, requerimiento de aprehensión en su contra, que fue ejecutada antes de que su abogado defensor, pueda firmar la declaración informativa prestada por sus personas, para luego conducirles a celdas de la FELCC, todo esto a pesar de existir irregularidades en los informes de policía y en la toma de la declaración informativa, puesto que la misma fue tomada única y exclusivamente por el funcionario policial Mario Checa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre el retiro y desistimiento en las acciones de libertad
- la única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública; es decir, cualesquiera de estas actuaciones (retiro o desistimiento) serán inadmisibles después de esta actuación procesal (señalamiento de día y hora de audiencia pública)
- III.3. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.4.
- Fragmento 14
- III.4.1. De la solicitud de desistimiento por parte de las accionantes
- III.4.2. De las presuntas irregularidades cometidas por los policías y fiscales en la etapa preparatoria del proceso penal
- CONFIRMAR en todo