Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2014-S3
Fecha: 06-Oct-2014
acción de libertad
En revisión la Resolución 04/14 de 25 de marzo de 2014, cursante de fs. 43 a 45, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ramiro Bascopé Mendoza contra Dina Larrea López, Jueza Tercera, Daniel Ángel Espinar Molina, Juez Quinto ambos de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz y Santos Valencia, Fiscal de Materia de la División homicidios.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. La actividad procesal defectuosa y las denuncias de aprehensión ilegal
- ante el rechazo de un incidente de actividad procesal defectuosa interpuesto durante la etapa preparatoria, corresponderá a los litigantes, por mandato constitucional, en uso de su derecho a impugnación, interponer apelación incidental
- III.3.1. Sobre los actos de la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal y el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal
- Fragmento 16
- III.3.2. En cuanto a los actos supuestamente ilegales del Fiscal demandado
- CONFIRMAR