Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2014-S3
Fecha: 06-Oct-2014
II.3.
II.3. El 23 de marzo de 2014 a horas 09:58, el Fiscal de Materia adscrito a la División Homicidios, Santos Valencia López, presentó ante el Juez cautelar de turno en lo penal de El Alto, imputación formal contra Ramiro Bascopé Mendoza, pidiendo la aplicación de la detención preventiva como medida cautelar. (fs. 3 a 5).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. La actividad procesal defectuosa y las denuncias de aprehensión ilegal
- ante el rechazo de un incidente de actividad procesal defectuosa interpuesto durante la etapa preparatoria, corresponderá a los litigantes, por mandato constitucional, en uso de su derecho a impugnación, interponer apelación incidental
- III.3.1. Sobre los actos de la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal y el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal
- Fragmento 16
- III.3.2. En cuanto a los actos supuestamente ilegales del Fiscal demandado
- CONFIRMAR