SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2014-S3
Fecha: 06-Oct-2014
II.6.
II.6. Memorial presentado el 10 de marzo de 2014, por los ex trabajadores del referido proceso social de reliquidación de beneficios sociales, por el cual -entre otros argumentos− haciendo mención a las “…oportunas y reiteradas…” (sic) conminatorias de pago 65/2014 y 94/2014 y el art. 216 del Código Procesal del Trabajo (CPT), solicita que sin más dilaciones libre mandamiento de apremio contra el personero legal de YPFB Corporación, Carlos Villegas Quiroga, hasta se haga efectivo el pago de la totalidad de los beneficios sociales liquidados en Sentencia (fs. 95 a 97); mediante Auto 122/2014 de 11 de marzo de 2014, por el cual la Jueza Segunda de Partido de Trabajo y Seguridad Social -ahora demandada− ordena se expida mandamiento de apremio contra Carlos Villegas Quiroga en su calidad de Presidente Ejecutivo a.i. de YPFB Corporación, “…hasta que cancele la suma de Bs. 12.772.193,95.- (Bolivianos doce millones setecientos setenta y dos mil ciento noventa y tres 95/100) por concepto de beneficios sociales condenado en Sentencia…” (sic) (fs. 97).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 13
- III.1. La ejecución de sentencia no puede interrumpirse con la interposición de ningún recurso ordinario
- Fragmento 15
- III.2. El apremio corporal como medida compulsiva en materia laboral y de seguridad social
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR