SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2014-S3

Fecha: 06-Oct-2014

II.1.

II.1. La Gerencia de Grandes Contribuyentes (GRACO) Santa Cruz, del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), el 18 de junio de 2012, emitió Vista de cargo 7934528778, contra el Consorcio Ferrovial Agroman S.A. − Apolo, por el tributo omitido del periodo fiscal 03/2008, con una liquidación de monto presunto de UFV's265 928.- (doscientos sesenta y cinco mil novecientos veintiocho unidades de fomento a la vivienda), por falta de la Declaración Jurada del impuesto a las utilidades de las empresas (IUE), intimando al contribuyente la presentación de la declaración extrañada o apersonarse a dependencia de su jurisdicción, a efecto de exhibir el mismo, dentro del término de treinta días computables a partir de su legal notificación, de acuerdo al art. 98 del Código Tributario Boliviano (CTB); documento que señala como domicilio fiscal la “AVENIDA SAN MARTÍN ESQUINA 2do Anillo Nro. 1 Edif.: TORRE EQUIPETROL Piso 10” (sic) (fs. 23).