SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2014-S3

Fecha: 06-Oct-2014

III.3.

Al respecto la SCP 1091/2013 de 16 de julio, ha señalado que: “Se tiene establecido en la jurisprudencia constitucional como señala la 0249/2012 y 1086/2012, el cambio de línea jurisprudencial referida al tema, remarcando que al ser el incidente una cuestión que difiere del asunto principal de un juicio, pero que guarda relación con él, con la característica principal que se tramita de manera paralela al proceso principal.

En relación a ello la SC 0788/2010-R de 2 de agosto, refiere: '…es posible y hasta una obligación procesal de quien considere que dentro de un proceso judicial, así esté ejecutoriado, se han lesionado las normas de orden público, y por tanto, sus derechos fundamentales previstos como garantías judiciales, como es el debido proceso y derecho a la defensa, interponga el incidente de nulidad, demostrando en el mismo su indefensión y por ende lesión de derechos fundamentales, una vez agotada la vía incidental y en su caso la apelación, de persistir la supuesta ilegalidad, puede acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de amparo constitucional'.