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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2014-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2014-S3

    Fecha: 14-Oct-2014

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • concedió
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • 1)
    • III.1.  Obligación de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar
    • la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación y en toda decisión judicial
    • y al ser estos derechos elementos que pueden ser analizados por la acción de amparo constitucional
    • expresar los motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones, y el valor otorgado a los medios de prueba, no pudiendo ser reemplazada la fundamentación por la simple relación de los documentos o la mención de los requerimientos de las partes
    • en una misma resolución existan consideraciones contradictorias entre sí o con el punto de la misma decisión
    • todas las actuaciones y comportamientos del imputado ocurridos en los actos iniciales de la investigación, los que forman parte de la etapa preparatoria o durante el proceso mismo y en los que la conducta del imputado puede subsumirse a lo previsto en los arts. 233 inc. 2) con relación al 235 del CPP
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