SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2014-S3

Fecha: 14-Oct-2014

II.2.

II.2.  Informes sociales de 4 de noviembre de 2013, presentados al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, respecto a Marco Antonio Ventura Jiménez y su concubina señala: "El imputado, constituye principal proveedor económico a través del trabajo formal como minero cooperativista (…) con sueldo mensual promedio de Bs. 10000. En tanto, la imputada, está dedicada exclusivamente a tareas domésticas para la familia" (sic) (fs. 90 a 93); y, sobre Javier Ventura Jiménez y su concubina indica: "La familia lleva cuatro meses establecida en el inmueble en calidad de gratuidad, por mantener lazos de parentesco con la propietaria" (sic), en cuanto a la economía familiar manifiesta: "Javier, se constituye en empleado familiar, es chofer de servicio público interurbano (taxi), cuya propietaria es la cuñada. Dicha actividad laboral, le permite obtener un ingreso mensual de Bs. 2000" (sic) (fs. 105 a 108).