SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2014-S3

Fecha: 14-Oct-2014

II.6.

II.6. El Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del departamento de La Paz, mediante Resolución 05/2013 de 22 de febrero, declaró “IMPROBADO el incidente de nulidad” interpuesto por Wálter Huarachi Veliz, en mérito de lo siguiente: 1) Conforme al entendimiento de la SC 0036/2004-R, si la parte afectada con una determinación judicial, no presenta las acciones que la ley le franquea, dejando vencer los plazos para su interposición, opera el principio de preclusión; y, 2) Cuando una de las partes se siente agraviada con una determinación judicial, tiene el plazo de tres días para deducir el recurso de reposición, conforme a los arts. 215 y 216 del CPC, en autos la providencia de 18 de enero de 2006, fue notificada el 19 del mismo mes y año, por lo que al 6 de enero de 2011, fecha en la que se pidió se deje sin efecto legal el decreto de 18 de enero de 2006, ha fenecido el plazo previsto por ley (fs. 1794 a 1795).