SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2014-S3
Fecha: 14-Oct-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, mediante su representante, estima la lesión de su derecho a la libertad; toda vez que, pese a que se estableció la suspensión condicional de la pena en su caso, el ex Juez Técnico del Tribunal Tercero de Sentencia Penal, dispuso la remisión de obrados ante el Juez de Ejecución Penal; así, el Juez Primero de Ejecución Penal emitió mandamiento de captura en su contra, sin tener competencia para ello, pues, la ejecución de la pena le correspondía al Tribunal Tercero de Sentencia Penal por haber emitido la Sentencia que dispuso la suspensión condicional de la pena; además, la suspensión condicional, no aparece en ningún actuado del Juzgado Primero de Ejecución Penal, ello directamente relacionado a la ausencia total de notificaciones en obrados, hechos que la dejaron en indefensión provocando su captura en forma indebida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La concesión del beneficio de la suspensión condicional de la pena y sus efectos
- Las sentencias
- en el supuesto de conceder el beneficio es dicha autoridad la que efectiviza la suspensión condicional de la pena
- III.2. Análisis del caso concreto
- i) Respecto al Tribunal Tercero de Sentencia Penal
- ii)
- CONFIRMAR en parte