SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2014-S3

Fecha: 14-Oct-2014

III.1.  La concesión del beneficio de la suspensión condicional de la pena y sus efectos

La suspensión condicional de la pena se encuentra prevista en el art. 366 del CPP que establece: “La jueza o el juez o tribunal, previo los informes necesarios y tomando en cuenta los móviles o causas que hayan inducido al delito, la naturaleza y modalidad del hecho, podrá suspender de modo condicional el cumplimiento de la pena cuando concurran los siguientes requisitos: