Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2014-S2
Fecha: 27-Oct-2014
II.2
II.2 Mediante Ordenanza Municipal 4236/2011 de 29 de marzo de 2011, el Concejo Municipal de Cochabamba, autorizó la aprobación y construcción de edificaciones sobre rasante Municipal de tipo compacto, en los predios ubicados sobre la avenida Panamericana. En su considerando primero, señala que en el Plan Municipal de Desarrollo del Distrito 5, aprobado mediante Ordenanza Municipal 2364/99, el área se encuentra categorizada como comercial, presentando estas características desde 1999, existiendo un importante número de edificaciones destinadas en su planta baja a actividades comerciales y de servicio (fs. 179 a 181).
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Rechazo de la acción popular
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- II.2
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- II.14.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- III.2
- su parte, en los intereses de grupo (o intereses individuales homogéneos) si bien existe una pluralidad de personas; empero, el interés que persigue cada una de ellas es individual, no colectivo ni difuso; es decir, se trata de derechos o intereses individuales que tienen un origen común, por ello han sido denominados como intereses accidentalmente colectivos
- Las acciones de grupo o de clase (art. 88, inciso segundo, C.P.) se originan en los daños ocasionados a un número plural de personas que deciden acudir ante la justicia en acción única, para obtener la respectiva reparación y que a pesar de referirse a intereses comunes, se pueden individualizar en relación con el daño cuya indemnización se persigue. En este caso, se trata de proteger intereses particulares de sectores específicos de la población (por ejemplo, consumidores), de ahí su denominación original de class action
- mientras que los derechos o intereses individuales homogéneos al tratarse de derechos subjetivos donde se busca el resarcimiento no se tutelan por la acción popular, puesto que en el derecho comparado se protegen por las acciones de grupo (Colombia) donde la sentencia determinará diferentes grados de afectación y de reparación económica
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo