SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2014-S2

Fecha: 27-Oct-2014

II.7.

II.7.    En el boletín del Colegio de Ingenieros Civiles de Cochabamba, en el artículo referente a la construcción del proyecto de la avenida Panamericana, señala razones por las cuales no se debe construir esta obra, siendo ellas: 1) Que el proyecto rompe el equilibrio del entorno urbano transformándolo, afectando el paisaje de un prado con áreas verdes y circulaciones peatonales; 2) La solución elevada no es la más apropiada, una solución a desnivel hubiera resultado menos traumática; 3) Entre la última razón por la cual no se debe construir; 4) Se está pagando un costo mayor al aumentar el factor de riesgo; 5) La estructura al ser elevada invade la privacidad de los vecinos al ubicarse al nivel de sus ventanas; 6) Conflictúa la circulación peatonal; 7) En forma grave, eleva los niveles de ruido y gases, puesto que los vehículos para acceder a las rampas aceleran a máxima velocidad; y, 8) Con el proyecto, se afecta el patrimonio, la actividad económica y la forma de vida de la población que vive asentada en la zona (fs. 185).