Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2014-S3
Fecha: 21-Oct-2014
I.1.3.Petitorio
Solicita se conceda la tutela y en consecuencia se ordene a la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal, radique la causa, reciba los memoriales a objeto de solicitar el señalamiento y celebración de forma inmediata de la audiencia de cesación a su detención preventiva en el plazo de cinco días, con reparación de daños y perjuicios (costas), responsabilidad civil, disciplinaria y penal, se remitan actuados al Juez Disciplinario y al Ministerio Público, imponiéndose una multa de tres días de haber.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3.Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa al control jurisdiccional a cargo del juez cautelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1) Juan José Subieta Claros, Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz
- 2) Rosario Ximena Flores Paniagua, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz
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