SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014-S3

Fecha: 27-Oct-2014

PROYECTO DESAR. TRANSF. TEC AGRICOLA COM. CAMP. PROV.

De los antecedentes y pruebas cursantes en obrados, se constata que los accionantes suscribieron el 14 de enero de 2013, contrato administrativo de consultoría en línea con el Gobierno Autónomo Departamental de Beni, desde esa fecha hasta el 31 de mayo del referido año, para que presten sus servicios como consultores en el “…PROYECTO DESAR. TRANSF. TEC AGRICOLA COM. CAMP. PROV.…” (sic), Marban y Moxos de la Dirección Departamental de Desarrollo Campesino del citado Gobierno Autónomo, estipulándose el monto de pago en Bs4 330.- que deberá ser cancelado de febrero a mayo, y de los dieciocho días trabajados de enero, Bs2 598.-, previa presentación y aprobación de informes mensuales de actividades dirigido a la mencionada Dirección de Desarrollo Campesino.

Ahora bien, los accionantes denuncian la lesión de su derecho a percibir una remuneración o salario justo, por cuanto, no obstante que presentaron sus informes de actividades, el demandado no cumplió con la obligación de cancelarles la remuneración por el trabajo desarrollado de marzo, abril y mayo de 2013; más al contrario, les comunicaron sobre la recisión del contrato, al haber supuestamente hecho abandono de sus funciones.