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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1960/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1960/2014

    Fecha: 21-Oct-2014

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    • acciones de inconstitucionalidad concretas
    • I.1.1. Expediente 03963-2013-08-AIC
    • I.1.2. Expediente: 04485-2013-09-AIC
    • rechazó
    • “denegó”
    • revocó
    • a)
    • I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica y alcances de la acción de inconstitucionalidad concreta
    • 1)
    • III.2.  Sobre la imposibilidad del ejercicio de control de legalidad a través de las acciones de control normativo
    • difiere sustancialmente del control de legalidad, el cual, en mérito al diseño y roles propios del sistema plural de control de constitucionalidad, no puede ser encomendado a éste, porque se generaría una disfunción orgánica.
    • empero, los conflictos emergentes de contenidos normativos plasmados en disposiciones infra-constitucionales, que impliquen una interpretación de aplicación normativa y que no generen una directa relación de análisis de compatibilidad entre la norma cuestionada y el bloque de constitucionalidad, son problemáticas que se enmarcan en el ámbito del control de legalidad, por tanto, en resguardo a una coherencia orgánica, tal como se dijo precedentemente, no podrán ser analizadas a través del control normativo de constitucionalidad, por lo que, en casos en los cuales, el Tribunal Constitucional Plurinacional, evidencie que la denuncia o denuncias realizadas a través de la acción de inconstitucionalidad en su faceta abstracta o concreta, se encuentran circunscritas a un conflicto de legalidad, esta instancia deberá, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática, declarar la improcedencia de la acción”
    • III.3.
    • i)
    • 2º

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