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    0104/2014 de 4 de noviembre
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    0104/2014 de 4 de noviembre

    Fecha: 04-Nov-2014

    1.

    “1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.

    • Partes:
    • II.1.    La tutela del derecho a la vida a través de la acción de libertad instructiva
    • II.2.      De la Reconducción de la acción de libertad a la acción de amparo constitucional
    • éstos cometen crasos errores en perjuicio de sus clientes
    • caso de exégesis
    • necesaria reconducción de la presente acción de libertad
    • el principio pro-actione
    • que si bien se presentó acción de libertad cuando correspondía la interposición de una acción de amparo constitucional
    • principio iuria novit curia: 'el juez conoce el derecho' '
    • obligación de priorizar la atención de excepciones e incidentes de quienes se encuentren detenidos preventivamente
    • la reconducción excepcional asumida por este Tribunal Constitucional Plurinacional
    • denuncia de retardación de justicia
    • 1.
    • 3.
    • cuanto a la subsidiariedad
    • III. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
    • De la reconducción
    • CONFIRMARSE

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