la reconducción excepcional asumida por este Tribunal Constitucional Plurinacional
En conclusión, la reconducción excepcional asumida por este Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a las circunstancias especiales que se presentan en el caso en particular, es tomada en beneficio del accionante ante la evidencia incontrastable que existía una denuncia vinculada al debido proceso que le asiste tanto por disposición constitucional como por instrumentos internacionales, que merecía un pronunciamiento expreso, (…), no siendo permisible admitir actos de retardación de justicia que lesionan derechos de los justiciables, por errónea interpretación de las demandas constitucionales” (las negrillas nos pertenecen).
- Partes:
- II.1. La tutela del derecho a la vida a través de la acción de libertad instructiva
- II.2. De la Reconducción de la acción de libertad a la acción de amparo constitucional
- éstos cometen crasos errores en perjuicio de sus clientes
- caso de exégesis
- necesaria reconducción de la presente acción de libertad
- el principio pro-actione
- que si bien se presentó acción de libertad cuando correspondía la interposición de una acción de amparo constitucional
- principio iuria novit curia: 'el juez conoce el derecho' '
- obligación de priorizar la atención de excepciones e incidentes de quienes se encuentren detenidos preventivamente
- la reconducción excepcional asumida por este Tribunal Constitucional Plurinacional
- denuncia de retardación de justicia
- 1.
- 3.
- cuanto a la subsidiariedad
- III. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- De la reconducción
- CONFIRMARSE
