SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2014-S1

Fecha: 06-Nov-2014

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Si bien en la presente acción de amparo constitucional no se notificó a ninguna persona como tercero interesado; sin embargo, se presentó en la audiencia Cleto Saavedra, colindante del predio del accionante, como tercero interesado quien manifestó  que no tiene agua en su predio y exhibe el documento por el que solicitó  le conecten ese servicio, pero como no hay paso de servidumbre, no puede tener alcantarillado ya que el accionante lo tapó por lo cual toma agua de lluvia, de pozo o acude a un auto que le trae el agua a la que no tiene acceso, no obstante que el derecho al agua es para todos y de que también está privado Sergio Nieto.