SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014-S1

Fecha: 06-Nov-2014

denegó

La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 2 de mayo de 2014, cursante de fs. 217 a 221, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) Se evidencia la vulneración del derecho al debido proceso en su vertiente del derecho a la defensa, a objeto de contradecir las acusaciones;      b) Las Resoluciones Administrativas dictadas por la Dirección Distrital de Educación, fueron inicialmente cumplidas por el Colegio demandado, posteriormente de manera extraña se ordenó la suspensión de dicha ejecución que no fue reclamada en sede administrativa por los accionantes. No se demandó al Director Distrital de Educación, a efectos de ordenar la reparación de la acción a todas luces ilegal; c) No se puede disponer en la vía administrativa la ejecución de una determinación que no ha sido ejecutoriada y que no tiene calidad de cosa juzgada, habida cuenta que aún quedan recursos pendientes como el que se está tramitando interpuesto por el Colegio Eagles School; d) El SEDUCA tiene los medios y acciones para hacer cumplir las determinaciones de reincorporación, si no lo hace queda expedida la vía de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, a fin de restablecer los derechos de los menores; y, e) En cuanto a las denuncias de discriminación y violencia psicológica, los accionantes pueden acudir a la jurisdicción correspondiente.

En complementación y enmienda solicitada por la parte accionante, el Tribunal de garantías invocando los arts. 5 y 6 del CNNA, dispuso como medida cautelar que los menores sean reincorporados inmediatamente a la Unidad Educativa Eagles School, en tanto sea resuelto el recurso de revocatoria interpuesto por el Colegio.