SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2014-S1

Fecha: 06-Nov-2014

RECONSIDERACIÓN

Al margen de estas expresiones en el mismo documento (fs. 266), que está dirigido al Director Distrital de Educación I, señalan: “…en nuestra condición de padres de inmediato nos apersonamos al Colegio, a objeto de que sus derechos constitucionales vulnerados sean reparados en el mismo Colegio, solicitando entrevistas personales tanto con la Directora de Secundaria como con el Director del Colegio, a quienes explicamos que se trataba de un error de nuestros hijos inducidos por su JUVENTUD E INMADUREZ, que de ninguna manera correspondía la aplicación de la extrema medida de expulsión del Colegio, solicitando de manera VERBAL en las reuniones, como de manera ESCRITA la RECONSIDERACIÓN de la medida mediante memorial de fecha 20 de marzo de 2014, pidiendo ‘DISCULPAS, PERDÓN’, por el incidente suscitado, reiterando EL ARREPENTIMIENTO EFICAZ de nuestros hijos adolescentes por faltas cometidas, suplicamos, imploramos se respeten los derechos humanos y constitucionales de nuestros hijos, se LES BRINDE UNA OPORTUNIDAD para reparar los errores en que incurrieron” (sic) (negrillas adicionadas).