Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2014-S1
Fecha: 24-Nov-2014
II.1.
II.1. Mediante RM 215 de 21 de agosto de 2012, se aceptó el recurso jerárquico formulado por Elizabeth Marina Chamas Torres vda. de Rollano y Liliana Rollano Chamas contra la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0186/2012 de 9 de marzo y, en consecuencia revocaron totalmente dicha Resolución y en su mérito la Resolución Administrativa Regulatoria “ATT-DJ-RA TL 0744/2011”; instruyendo a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Trasportes, emitir nueva resolución de acuerdo a lo previsto en el contrato de concesión, autorización transitoria especial 078/96 de 20 de noviembre de 1996, sobre la base de los criterios de adecuación expuestos (fs. 462 a 469).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Víctor Pablo Martín Rodríguez
- Luis Felipe Guzmán Sanjinés, Director Ejecutivo a.i. de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En cuanto al debido proceso y su configuración
- III.2. Motivación de las resoluciones judiciales o administrativas como elemento esencial del debido proceso
- sólo en aquellos casos en que la argumentación es decididamente defectuosa, abiertamente insuficiente o, en últimas, inexistente, puede el juez de tutela intervenir en la decisión judicial para revocar el fallo infundado
- III.3. El principio de congruencia como elemento esencial de la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- b)
- d)
- f)
- g)
- CONFIRMAR