Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
II.1.
II.1. Mediante la cite GADLP-DSACC-C-629/12 de 2 de julio de 2012, el Director de Salud Ambiental y Cambio Climático, del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, se dirige a la representante legal de la empresa G.I.T.S.A. y le comunica la imposibilidad de emitir el Certificado de Declaratoria o Adecuación Ambiental, debiendo cumplir previamente con ciertas observaciones (fs. 36 a 37).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sobre el derecho de acceso a la jurisdicción
- III.2. El principio de informalismo en la jurisdicción administrativa
- la equivocación del destinatario tampoco afecta la procedencia de la petición o del recurso;
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2°