SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2014-S2

Fecha: 11-Nov-2014

II.2.

II.2.  Por Auto de 25 de abril de 2014, emitido por el Juez Quinto de Instrucción Penal, dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva contra las imputadas Ana María Quinteros Díaz de Arana y Rocío Ingrid Gutiérrez Poveda, imponiendo las siguientes reglas: 1) Detención domiciliaria sin escolta policial en el domicilio acreditado en dicha audiencia, sin perjuicio del control directo que pueda realizar en cualquier momento el Ministerio Público o los encargados de la investigación, autorizándose la salida de ambas imputadas únicamente para desarrollar actividades laborales en horarios comprendidos entre las 07:30 a 19:00. En el caso de la imputada Ana María Quinteros Díaz de Arana, deberá previamente acreditar la necesidad de salidas de trabajo ante la instancia jurisdiccional, mientras tanto, no podrá beneficiarse de la medida; 2) Prohibición de salir de la ciudad de Sucre y del país, disponiéndose el arraigo de ambas imputadas, debiendo éstas presentar en el término de quince días calendario la inscripción de la medida ante la Dirección de Migración; y, 3) La obligación de asistir a efectos de control, ante Fiscal de Materia encargado de la investigación una vez a la semana. En el caso de la imputada Ana María Quinteros Díaz de Arana, se autorizó su salida para tal efecto los días lunes 08:00 a 10:00 (fs. 11 a 14).