SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2014-S3
Fecha: 24-Nov-2014
II.4.
II.4. Por Resolución 135/2013 de 16 de abril, la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Civil, rechazo el incidente de nulidad alegando lo siguiente: i) El recurso de casación fue presentado por el abogado de la parte demandada, a horas 15:00, del día jueves 16 de diciembre de 2010, conforme se tiene del informe evacuado por la Auxiliar del Juzgado Segundo de Partido en lo Civil y Comercial; ii) El informe pericial adjunto por la parte incidentista, da cuenta que los números estampados en la copia del recurso de casación, han sido pulsados por Marcela Beatriz Santiesteban Sandy; sin embargo, la copia del citado memorial, no forma parte del proceso, existiendo ratificación de la auxiliar, que los datos estampados en el memorial de recurso de casación que cursa en el proceso, son verdaderos; iii) Se han adjuntado fotocopias legalizadas, del proceso penal seguido contra la Auxiliar del Juzgado por el delito de falsedad material; empero, las mismas no pueden ser valoradas, por no existir aun acusación; y, iv) Conforme al principio de preclusión, los incidentista debieron presentar su incidente en las instancias correspondientes y que en el curso de la causa, desde su inicio se ha cumplido con la normativa procesal vigente (fs. 59 a 60 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.3. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- III.2. Análisis del caso concreto