SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2014-S3
Fecha: 25-Nov-2014
concedió
El Juez Primero de Sentencia Penal de Trinidad del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 05/2014 de 3 de junio, cursante de fs. 17 vta. a 19, concedió la tutela solicitada, en base a los siguientes argumentos: i) Los accionantes al haber obtenido su libertad y recibido el mandamiento de libertad en el Centro Penitenciario de Varones de Mocoví, la Autoridad demandada, debió imprimir el trámite correspondiente; si bien es cierto que, el Gobernador tiene la labor específica de revisar los mandamientos de libertad, la actividad administrativa no tiene ningún asidero legal para su incumplimiento; toda vez que, el mandamiento de libertad esta emitido por Autoridad jurisdiccional, la misma que debe ser cumplida fiel y cabalmente, de lo que se tiene que recién el 2 de junio de 2014, se dio curso y han obtenido su libertad; ii) Si bien la causal invocada para la presente acción de libertad, no fue señalada específicamente pero la finalidad de la acción de libertad, bajo los principios y valores del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, se centra en la libertad física o personal incluso ejerce un control tutelar más amplio; y, iii) La acción de libertad, tiene un triple carácter preventivo, correctivo y reparador conforme reconoció la jurisprudencia constitucional; por lo cual, una vez recibido el mandamiento de libertad, el centro carcelario y la autoridad llamada por ley debió cumplir en el día, estableciéndose la existencia de una detención ilegal.
- fuera de horario de oficina o los fines de semana, se verifica que el imputado no tenga otro proceso y luego se dispone la libertad
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad innovativa
- III.2. Del cumplimiento de los mandamientos de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades
- CONFIRMAR