Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2014-S3
Fecha: 25-Nov-2014
II.1.
II.1. Se encuentra en obrados el mandamiento de libertad de 30 de mayo de 2014, a través del cual el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Beni, ordena al Gobernador del Centro Penitenciario de Varones de Mocoví, que previa formalidades de ley y siempre que no estuvieren detenidos por otros delitos, ponga en inmediata libertad a los imputados: “EDGAR MEDINA VIRI Y DIEGO JAVIER AMBLO YUMACALE” (sic) (fs. 2) y nota de recibido por la entidad Carcelaria, de 30 de mayo del mismo año, a horas 18:40 (fs. 2 vta.).
- fuera de horario de oficina o los fines de semana, se verifica que el imputado no tenga otro proceso y luego se dispone la libertad
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad innovativa
- III.2. Del cumplimiento de los mandamientos de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades
- CONFIRMAR